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 El salario  Percepciones extrasalariales
 Unidades salariales  Lugar, tiempo y forma de pago del salario
 El salario mínimo  Inembargabilidad del salario
 Estructura del salario    

 
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  El salario  

En esta sección encontrarás información referente a salarios
 Lugar, tiempo y forma de pago del salario

El salario deberá pagarse puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenido o conforme a los usos y costumbres, sin que el periodo de tiempo a que se refiere el abono exceda de un mes, teniendo el trabajador derecho a percibir, sin que llegue el día de pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
En el trabajo a comisión, el derecho al salario nace en el momento de realizarse y pagarse el negocio que el trabajador a conseguido.
Forma de pago: En moneda de curso legal ó mediante talón o a través de entidad bancaria por transferencia, previo informe al Comité de Empresa.
El recibo justificativo del pago del salario debe ajustarse al modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo y se referirá a meses naturales.
El recibo será firmado por el trabajador en el momento del pago y la entrega del duplicado del recibo. Cuando el pago se haga por transferencia el empresario entregará el duplicado sin necesidad de firma ya que el pago se justifica por el documento bancario.
El empresario está obligado a conservar tantos los recibos como los boletines de cotización a la Seguridad Social durante un periodo mínimo de 4 años.
El recibo de salarios sólo prueba la percepción de las cantidades que en él se consignan pero eso no quiere decir que las que figuran sean las realmente debidas ni que se puedan haber percibido otras cantidades no consignadas.


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